ACTAS
Poderes fuera de registro
Son Poderes que se otorgan para la realización de actos de administración (por ejemplo alquiler de bienes) y el cobro de cantidades menores a 1 UIT. No sirven para la realización de actos que conlleven la disposición (venta, donación, etc.) o gravamen (por ejemplo constitución de garantías) de bienes ya que en dichas situaciones se requerirá poder por escritura pública.
Requisitos:
• Documento de identidad del poderdante
• Proporcionar la identificación del apoderado |